Marzo - abril 2013
Saber discernir
Columna de N. González
En mis artículos hay una línea de fidelidad a la doctrina de Cristo, al Romano Pontífice y a los Obispos en comunión con Roma. Precisamente este es nuestro distintivo y la noble causa de nuestra lucha.
Una persona divorciada por proceso civil, si vuelve a contraer nupcias, no puede acercarse a la Comunión. Pero no se trata de un castigo que le impone la Iglesia. La causa de que no deba recibir la Sagrada Eucaristía es su estado de pecado habitual; o si se quiere de otra manera se trata de un pecador que se encuentra siempre en ocasión próxima de pecado, mientras conviva con la persona elegida en su segundo matrimonio. No es la Iglesia quien la rechaza; ella misma se excluye. Debe abandonar esta situación y ponerse en amistad con Dios. En el supuesto de que pudieran vivir como hermano y hermana, podría cambiar el asunto. Pero esto en circunstancias normales no es posible. De nada sirve, pues, que se pida a la Iglesia otra manera de expresarse con los divorciados y vueltos a "casar". No está ni siquiera en manos del Papa admitirlos a la Comunión.
En todo lo relativo al dogma y en las prácticas contrarias a definiciones dogmáticas debemos ser asimismo del todo exigentes. Impartir absoluciones colectivas como norma común, omitir la manifestación individual de los pecados mortales, es una práctica contra el dogma católico.
Hasta aquí está clara la doctrina moral que hemos estudiado. Otro problema distinto es la aplicación concreta de esta doctrina. Es necesario también discernir con claridad el caso concreto. Porque puede suceder que la pareja en nuevo matrimonio, por supuesto civil, pueda estar tranquila en conciencia.
Conozco a un sacerdote muy ferviente y del todo en comunión con la Iglesia, da la comunión e incluso confiesa periódicamente a un hombre y una mujer anteriormente casados por la Iglesia. El caso es el siguiente. Él es soltero. La mujer se había desposado. Su esposo la abandonó maliciosamente y no sabe su paradero. No puede ni siquiera tiene medios económicos para incoar un expediente de declaración de nulidad. Mi amigo el sacerdote no ha dudado. Los admite con toda tranquilidad a la comunión en la misa. Por otra parte no existe ningún escándalo, pues la gente del lugar desconoce el estado "eclesial" de ambos esposos. Este sacerdote ha sabido discernir.
Tu amigo: N. González.
La próxima columna de N. González aparecerá D. m. cada dos meses