¿POR QUÉ ALCABALA?

La elección de la denominación "Alcabala" para esta página es, sobre todo, un intento de contraponer lo antiguo y lo moderno, la vieja imposición, la de las alcabalas y los alcabaleros, con la moderna y aún en nacimiento Administración Tributaria Electrónica.

La historia de la alcabala no es una historia de éxito ni de justicia, ni mucho menos de popularidad, pero ¿es así por la concepción del tributo o por el entorno social en que vio la luz?.

Una vez más detrás de un impuesto se adivinan las peores intenciones de los hombres: las guerras, la dominación de las

clases poderosas, la apropiación de las rentas públicas.... Todo ello se esconde detrás de esta historia que no es sino la historia de medio milenio de una España sacudida por las pasiones, muy lejos aún de la realidad social y económica y, por lo tanto fiscal, a que llegaría muchos años después.

Hoy surge, de la mano de las nuevas formas de gestionar, un renovado contrato fiscal con la ciudadanía en el que los objetivos de justicia y respeto, siempre perseguidos y rara vez alcanzados, van a contar con apoyos antes desconocidos. Confiemos en que esta vez sea para bien.

Y para los eruditos veamos algunas definiciones:

 

En el Diccionario de la Real Academia Española:

Alcabala (del árabe al-qãbala, el contrato, el impuesto concertado con el fisco) Tributo del tanto por ciento del precio que pagaba al fisco el vendedor en el contrato de compraventa y ambos contratantes en el de permuta.

Alcabalero. El que administraba o cobraba las alcabalas. El que tenía arrendadas las de alguna provincia, ciudad o pueblo. El que cobraba tributos o impuestos aunque no fuesen de alcabala.

 

En el Diccionario de Hacienda, con aplicación a España, de Don José Canga Argüelles, Madrid 1833:

Alcabala. Lleva este nombre el derecho que se cobra sobre el valor de todas las cosas muebles, inmuebles, y semovientes que se venden, ó permutan. Su origen es anterior al reinado de D. Alfonso XI; pues se cobraba en algunas ciudades de España, si bien no se generalizó hasta esta época. El P. Juan de Mariana refiere "que el año de 1341, con el fin de tomar a Algeciras, en falta de dinero, porque todos menos los mercaderes estaban pobres, concedieron al rey D. Alfonso XI en Burgos la veintena de todo lo que se vendiese, mientras durase el cerco de Algeciras. Lo mismo ejecutaron León y otras ciudades á imitación de aquella. Pareció bien al principio; y despues se tuvo por gravosa. Llamose este tributo Alcabala, nombre tomado de los moros".....

 

En la Nueva Enciclopedia Larousse, Editorial Planeta, 1981:

La alcabala apareció en momento indeterminado de la edad media (hay referencias que datan del reinado de Alfonso X) como simple tributo local, pero su generalización se produjo en la época de Alfonso XI (1342), si bien sólo con carácter temporal y limitada a un 5%. Su perpetuación y la elevación a un 10% del valor de las mercancías data d tiempos de los Trastamara, aunque la Corona no pudo evitar que la nobleza se apoderase de su percepción en gran parte de las poblaciones de señorío. Carande ha demostrado que en el s. XVI la nobleza combatió "las llevaderas alcabalas" que cargaban indiferentemente sobre hidalgos y pecheros, consiguió inmovilizar su importe global gracias al sistema de encabezamientos y logró que la carga fiscal se desplazase a los impuestos directos, de cuyo pago estaban exentos los nobles. Las Cortes de Cádiz suprimieron la alcabala, junto a muchos tributos indirectos, pero no desapareció definitivamente hasta la reforma tributaria de Mon (1845).

Redacción revisada el 1-12-2002